La sobrerregulación penal en el ámbito de las normativas federales ha transformado en ocasiones la vida cotidiana de los ciudadanos en un terreno complicado y, a menudo, injusto. Con miles de regulaciones que contienen posibles sanciones criminales, el sistema se ha vuelto tan extenso y complejo que incluso aquellos encargados de aplicar la ley pueden desconocer la magnitud de los delitos contemplados en las regulaciones vigentes. Esta situación genera un escenario en el que no solo se aplica la ley sino que, en muchos casos, esta se escribe y ejecuta desde el mismo nivel gubernamental, lo que provoca un desequilibrio en la administración de justicia y fomenta condiciones propicias para abusos. La regulación en Estados Unidos abarca más de 48,000 secciones distribuidas en cerca de 175,000 páginas, un volumen imposible de dominar completamente para el ciudadano promedio. Esta vastedad facilita que se generen delitos “de responsabilidad objetiva” o estricta, donde no es necesario demostrar intención o conocimiento del infractor para que la conducta sea penalizada, lo que contradice principios jurídicos fundamentales y pone en jaque los derechos individuales.
Ante este panorama, la administración actual ha planteado un cambio sustancial a través de una orden ejecutiva firmada por el presidente el 9 de mayo de 2025, para combatir la sobrerregulación penal. Este mandato busca claramente disminuir la carga regulatoria que oprime a los ciudadanos, estableciendo políticas para que la penalización criminal se considere solo en casos donde existan claros indicios de conocimiento y dolo por parte del infractor. En esencia, se busca que no cualquiera pueda ser procesado penalmente solo porque, sin intención ni conocimiento, haya incumplido una regla imposible de conocer en su totalidad. Con esta iniciativa se establece que la imposición de sanciones penales debe reservarse para situaciones con un riesgo real y sustancial para el público y cuando exista consentimiento o al menos conocimiento del acto ilícito. De esta forma, se pretende otorgar un filtro constitucional a la actuación de las agencias federales, enfocando los procesos penales en verdaderos casos de culpabilidad y no en errores o desconocimiento meros.
El documento señala expresamente que los delitos de responsabilidad estricta son “generalmente no favorecidos”, lo que implica una recomendación directa a las agencias para que, en vez de recurrir a sanciones penales en estos casos, opten por alternativas civiles o administrativas, respetando siempre el debido proceso y el derecho a un juicio justo. Esto no solo protege a la ciudadanía de sanciones desproporcionadas, sino que también obliga a las instituciones a clarificar cuáles conductas realmente constituyen delitos y bajo qué condiciones. Otro punto esencial es la transparencia. Las agencias están obligadas a confeccionar reportes que identifiquen todos los delitos penales contenidos en sus normativas, acompañados de una explicación detallada sobre las sanciones y el estándar mental necesario para la imputación penal. Estos reportes deben publicarse de forma accesible para el público, fomentando un ambiente de claridad y predictibilidad que permita a las personas conocer con exactitud qué conductas pueden ser objeto de procesamientos criminales.
La orden también estipula que todas las futuras normativas que impliquen consecuencias penales deben incluir un mensaje claro identificándolas como tales y especificando la base legal de esa criminalidad. Además, la redacción de estas normas debe incorporar explícitamente un estándar de mens rea o estado mental requerido para considerar la conducta ilícita, algo que según expertos mejora la seguridad jurídica y el respeto a los derechos fundamentales. Para situaciones donde se mantenga la figura de la responsabilidad estricta, estas normativas serán catalogadas como “acciones regulatorias significativas” y deberán pasar por revisiones exhaustivas por parte de organismos especializados en análisis regulatorio, con el fin de evitar abusos y asegurar que la imposición penal sea justa y justificada. Esto introduce un mecanismo de control adicional dentro del diseño regulatorio, incrementando la responsabilidad y la supervisión sobre leyes con impacto penales. La implementación de esta regulación también afecta directamente el proceso interno de las agencias al establecer criterios claros para cuando deben remitir potenciales casos criminales al Departamento de Justicia.
Entre las consideraciones están la gravedad y el riesgo generado por la violación, el beneficio obtenido por el presunto infractor, el conocimiento técnico o especialista que poseía, y si existía o no conciencia sobre la ilegalidad de la acción. Esta evaluación garantizará que sólo los casos con evidencias sólidas y daños ponderables sean elevados a instancias penales, evitando conflictos legales innecesarios y protegiendo a los ciudadanos de procesos arbitrarios. De igual forma, se aclara que estas disposiciones no afectan áreas sensibles como la inmigración ni temas de seguridad nacional o defensa, dejando claro que en esos ámbitos aplican regulaciones específicas. Finalmente, la orden reconoce que su implementación debe respetar los límites constitucionales y estar alineada con los recursos disponibles, subrayando que no puede interpretarse como un derecho o beneficio adicional para las personas, sino como un marco regulatorio para mejorar la justicia y transparencia en la sanción penal. En síntesis, la lucha contra la sobrerregulación penal busca rescatar el equilibrio entre la necesidad de normar conductas para protección pública y la defensa de los derechos individuales frente a un sistema excesivamente complejo y punitivo.
Al promover la transparencia, la claridad en los estándares legales y priorizar la responsabilidad penal solo para quienes actúan con conocimiento y dolo, esta iniciativa puede significar un cambio profundo para la relación entre el Estado y sus ciudadanos. El impacto de estas medidas será triple. Primero, permitirá a las personas entender mejor qué acciones están prohibidas y cuáles pueden derivar en penalidades criminales, reduciendo la incertidumbre jurídica. Segundo, exigirá a las agencias que refuercen la claridad y justificación de las normas que crean, mejorando la calidad legislativa y regulatoria. Tercero, y quizá más importante, protegerá a los ciudadanos comunes de una justicia desproporcionada basada en faltas administrativas desconocidas o no intencionales, reforzando el principio de culpabilidad y el debido proceso.