En el cambiante mundo de la privacidad digital y la protección de datos, el reciente fallo del Segundo Circuito en el caso Solomon vs. Triller ha vuelto a poner en el centro del debate la relevancia y aplicación de la Ley de Privacidad del Consumidor de Video (VPPA, por sus siglas en inglés) en el contexto de tecnologías modernas como los Meta Pixels. Esta decisión judicial no solo marca un precedente importante sobre cómo se interpretan y regulan las prácticas de seguimiento y recopilación de datos a través de píxeles en sitios web, sino que también refleja las dificultades inherentes a la adaptación de leyes antiguas a la realidad tecnológica actual. Para comprender el alcance y consecuencias de este caso, primero debemos situarnos en el contexto tecnológico y jurídico que lo rodea. Triller, anteriormente conocida como FITE, es una plataforma de servicios de video que permite a sus usuarios crear, compartir y consumir contenido audiovisual en formatos cortos, haciendo uso de tecnología de inteligencia artificial para sincronización musical, y que además se ha expandido a la transmisión de deportes en vivo como el boxeo.
La empresa implementó en su sitio web un Meta Pixel, una herramienta desarrollada por Facebook (ahora Meta) para recopilar información sobre la actividad de los usuarios, específicamente sobre los videos que visualizan. El problema surgió cuando se alegó que Triller, a través del Meta Pixel, compartía sin consentimiento explícito ni advertencias adecuadas ciertos datos con Facebook, incluyendo títulos de videos y un identificador único correspondiente al usuario (FID). Según la demanda presentada por Solomon, esta práctica violaba la VPPA, una ley estadounidense diseñada para proteger la privacidad de los consumidores en el ámbito del video contenido, prohibiendo la divulgación no autorizada de información que pueda identificar a una persona en relación con su historial de visualización. La VPPA, establecida en 1988, fue creada en una época muy distinta a la de hoy, cuando el seguimiento en línea y la analítica digital no estaban tan avanzados ni extendidos. Así, uno de los grandes retos para los tribunales ha sido interpretar qué se considera "información identificable personalmente" dentro de un marco legal con definiciones poco claras y obsoletas.
La actual tecnología permite que fragmentos aparentemente triviales de datos puedan ser combinados y analizados para identificar con precisión a individuos, una realidad que no estaba prevista en la redacción original de la VPPA. En este caso particular, el Segundo Circuito adoptó un enfoque restrictivo, favoreciendo una interpretación del término "información personalmente identificable" que requiera que dicha información sea comprensible y reconocible para una persona común y corriente, no solo accesible para entidades técnicas capaces de decodificar grandes volúmenes de datos o fragmentos codificados. La corte apuntó que, al observar el código enviado a Facebook mediante el Meta Pixel, el promedio de los usuarios probablemente no distinguiría el título de un video ni identificaría el identificador único, dado que se presenta en formato de código entremezclado con múltiples caracteres y símbolos que no son inmediatamente legibles. Este razonamiento judicial es significativo porque establece un estándar basado en la percepción del "usuario ordinario", lo que tiene amplias implicaciones para casos futuros relacionados con la privacidad digital. Sin embargo, esta perspectiva también ha levantado críticas, ya que asume que los consumidores no poseen o no pueden adquirir cierto nivel básico de comprensión tecnológica, aun cuando hoy en día un número considerable de personas puede hacer búsquedas simples en internet que podrían revelar el contenido y significado de estos códigos.
Otros circuitos federales habían llegado a conclusiones diferentes en casos similares, como el Primer Circuito en el caso Yershov, que tuvo una posición más favorable para los demandantes, entendiendo que la información transmitida a través de Meta Pixels podía considerarse identificable. En contraste, la tendencia general en otras instancias como el Tercer y el Noveno Circuito, a la que se sumó el Segundo Circuito en Solomon vs. Triller, ha sido proteger a las empresas y limitar la definición para no incluir datos técnicos crípticos que solo expertos podrían interpretar. De esta forma, la corte reitera que para configurar una violación a la VPPA debe evidenciarse un nivel de identificación más claro y directo del usuario, que pueda ser captado sin necesidad de extraordinarios conocimientos técnicos o interpretación minuciosa. Esto beneficia a plataformas como Triller, que aunque utilizan Meta Pixels para rastrear la interacción con sus videos, no están obligadas a advertir de forma explícita ni a otorgar opciones de consentimiento si la información compartida no es reconocible para el consumidor promedio.
Es relevante señalar que la privacidad y la transparencia en los términos de uso y políticas de privacidad juegan un papel crucial. En contraste con este caso, existen precedentes donde políticas de privacidad claras y opciones efectivas de consentimiento han servido para limitar las responsabilidades legales de empresas cuando aplican tecnologías similares. En la presente situación, Triller no informaba ni permitía que los usuarios declinaran o retiraran su consentimiento al uso del Meta Pixel, un aspecto que solidifica la importancia de contar con comunicaciones claras en torno al tratamiento de datos personales. El veredicto de desestimación en el Segundo Circuito se alinea con la perspectiva de que muchas demandas relacionadas con Meta Pixels carecen de mérito suficiente para superar etapas iniciales procesales. A pesar de la creciente ola de litigios en Estados Unidos en torno al seguimiento digital y las prácticas de recopilación de datos, esta sentencia refleja que no todas las reclamaciones lograrán avanzar, especialmente cuando la definición legal de información personal genera interpretaciones divergentes y ambiguas.
Para las empresas que utilizan tecnologías de seguimiento, esta decisión implica alivio, ya que otorga un margen para continuar usando herramientas como Meta Pixels sin enfrentar siempre litigios exitosos, siempre que eviten compartir datos que un usuario promedio pueda comprender como información personal directamente identificable. Sin embargo, el debate sobre la necesidad de actualizar legislaciones obsoletas para enfrentar la realidad tecnológica actual permanece vigente y cobra relevancia con cada nuevo caso. En términos de protección al consumidor, la resolución invita a reflexionar sobre qué tan accesible e inteligible es la información que las personas reciben respecto al uso de sus datos en plataformas digitales. Si bien los tecnicismos dificultan la comprensión, es fundamental fomentar una mayor transparencia y controles para que la privacidad sea efectiva y no meramente formal. Finalmente, el caso Solomon vs.
Triller es un claro ejemplo de cómo la jurisprudencia en materia de privacidad digital está evolucionando paulatinamente, intentando balancear los intereses de la innovación tecnológica con la necesidad de proteger derechos fundamentales de los usuarios. Conforme la tecnología se vuelva cada vez más intrincada y omnipresente, los sistemas legales, reguladores y empresas deberán continuar adaptándose y colaborando para garantizar una gestión responsable y ética de los datos personales en el ecosistema digital.